miércoles, 2 de abril de 2008

Senador Pedraza radicó proyecto de ley que declara a Villa de Leyva patrimonio paleontológico de la Nación y centro colombiano de los derechos humanos

El Senador Jorge Hernando Pedraza puso a consideración del Congreso de la República un proyecto de Ley mediante el cual se declara a Villa de Leyva patrimonio paleontológico de la Nación y centro colombiano de los Derechos Humanos.
La iniciciativa fue radicada el 31 de marzo en la Secretaría General del Senado.
En la exposición de motivos argumenta el autor que "por la variada riqueza de Villa de Leyva y su extraordinario potencial para la investigación en las áreas cultural y social, es de elemental justicia que al cumplirse los 235 años de su fundación, se busquen, desde el Congreso de la República, alternativas efectivas para defender su patrimonio y ponerlo al servicio del país y del mundo. De ahí que la presente iniciativa pretenda integrar las distintas acciones que en tal sentido se han venido realizando. Se quiere, en efecto, unidad de acción entre Nación, departamento, municipio, organizaciones no gubernamentales y sector privado en general para preservar y aprovechar positiva y productivamente la riqueza integral de Villa de Leyva como parte de la riqueza nacional".
Agrega el Senador Pedraza que "Declarando a Villa de Leyva Patrimonio Paleontológico Colombiano se dota al país de un valioso instrumento jurídico para impedir el saqueo de la riqueza paleontológica no sólo de Villa de Leyva sino del país, el cual se viene produciendo desde épocas inmemoriales. En torno al patrimonio paleontológico local y nacional se ha creado un mercado negro que ha causado funestas consecuencias a Colombia y que inexplicablemente no se ha enfrentado institucionalmente".
También considera el autor que "De convertirse en Ley de la República este proyecto se respaldará normativa y efectivamente esfuerzos que en tal sentido vienen desarrollándose con dedicación desde diversas instancias, siendo quizá uno de los más sobresalientes el desarrollado por el Grupo de Investigación del Departamento de Geociencia del Centro de Estudios de Historia Natural de Colombia, perteneciente a la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional, la cual tiene a su cargo el Museo Paleontológico de Villa de Leyva".
De otra parte, el autor manifiesta que "al declarar a Villa de Leyva como Centro Colombiano de los Derechos Humanos se rinde justo y merecido tributo de reconocimiento a esta Villa por haber albergado en sus últimos días al General Antonio Nariño, sin duda el patriota por excelencia en toda la historia de Colombia. Al General Nariño jamás se le podrá recompensar su entrega a la causa emancipadora y su voluntad de ser leal a la misma. Por ella tuvo que padecer terribles tribulaciones como el destierro, la prisión y la expropiación de sus bienes. De manera que Colombia está en mora de exaltar a Villa de Leyva como centro cultural, paleontológico e histórico de Colombia, defender su patrimonio que es el mismo de la Nación y exaltar la memoria del patriota colombiano por excelencia, Don Antonio Nariño.
La parte resolutiva del proyecto reza así:
ARTÍCULO PRIMERO. Declárase a Villa de Leyva (Boyacá) Patrimonio Paleontológico de la Nación y Centro Colombiano de los Derechos Humanos con motivo de la celebración de los 235 años de su fundación y como reconocimientos por haber vivido sus últimos años y fallecido allí Don Antonio Nariño y Álvarez, Precursor de la Independencia, traductor y difusor de los Derechos del Hombre.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Gobierno Nacional a través de la coordinación del Ministerio de Cultura y de la acción de los ministerios de Educación, Hacienda y Ambiente, junto con Colciencias y las universidades Nacional y Pedagógica y Tecnológica de Colombia, promoverán y articularán con el municipio y con organizaciones privadas y no gubernamentales, las acciones necesarias para desarrollar trabajos de investigación en las áreas paleontológica, histórica, de los derechos humanos, la arqueología y la defensa del medio ambiente.
ARTÍCULO TERCERO. Dentro los seis meses siguientes a la expedición de la presente Ley, el Gobierno Nacional, con la asesoría y colaboración de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional, expedirá la reglamentación necesaria para proteger la riqueza paleontológica nacional y establecerá, teniendo como centro de operación a Villa de Leyva, los mecanismos necesarios para el efecto.
ARTÍCULO CUARTO. Para el desarrollo de las actividades previstas en la presente Ley, correspondientes a las áreas histórica y de derechos humanos inclúyase a la Academia Patriótica Nariñista de Boyacá como organismo asesor y promotor. En consecuencia, el Gobierno Nacional dispondrá lo correspondiente para garantizar los recursos que requiera el cumplimiento de las tareas respectivas, al igual que para establecer su sede en dicho municipio.
ARTÍCULO QUINTO. La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición.