martes, 11 de agosto de 2009

Avanza Ley Boyacá para conmemorar Bicentenario de la Inpedencia en el 2019

Con el propósito de avanzar en la concertación del proyecto de Ley por la cual se rinde homenaje a Boyacá y a los municipios de la Ruta de la Libertad con motivo del Bicentenario de la Independencia, se realizó el jueves seis de agosto en el Salón de los Presidentes de la Gobernación de Boyacá una reunión presidida por el Consejero Presidencial para las Regiones, Miguel Peñaloza; el Gobernador de Boyacá, José Rozo Millán y el promotor del proyecto, senador Jorge Hernando Pedraza.

En la reunión, la cual se inició a las 7:30 de la mañana y culminó hacia las dos de la tarde, participaron también: Fernando Jiménez, Director de Presupuesto Nacional; Oswaldo Porras Vallejo, Director de Desarrollo Territorial del departamento Nacional de Planeación; Ricardo Gómez, de la Dirección de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación; Carlos Hernando Rodríguez, de la Dirección de Desarrollo Social del Departamento Nacional de Planeación; Paola Cruz, de la Dirección de Infraestructura del Departamento Nacional de Planeación; Giselle Cruz Montaña, de la Dirección de Desarrollo Empresarial del Departamento Nacional de Planeación; José Alirio Salinas, de la Dirección de Desarrollo Territorial del Departamento Nacional de Planeación y Sergio Martínez,, de la Dirección de. Infraestructura del Departamento Nacional de Planeación; Héctor Rubio, Presidente de la Asamblea de Boyacá; Édgar Gómez Martínez, Secretario de Planeación de Boyacá, Ricardo Bautista Pamplona, Secretario de Cultura de Boyacá y Jorge Arturo Montejo Niño, Alcalde de Tunja.

El texto del proyecto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY N°____
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Por la cual se rinde homenaje a los municipios de la Ruta de la Libertad y se determina la ejecución de proyectos con motivo de la celebración del Bicentenario de la Independencia.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Declárese Patrimonio Cultural e Histórico de la Nación a los municipios de Paya, Pisba, Labranzagrande, Socotá, Socha, Tasco, Beteitiva,Tutazá, Gámeza, Belén, Cerinza, Santa Rosa de Viterbo, Corrales, Busbanzá, Floresta, Tibasosa, Duitama, Paipa, Toca, Chivatá, Tunja, Cucaita y Ventaquemada, Tame, Pore, Támara y Nunchía, pertenecientes todos a la Ruta de la Libertad.

PARÁGRAFO. Para efecto de las inversiones que la condición establecida en este artículo requiere, el Ministerio de Cultura realizará los inventarios técnicos correspondientes en el curso de los seis meses siguientes a la expedición de la presente Ley.

ARTICULO SEGUNDO. El Gobierno Nacional ejecutará proyectos en los sectores vial, educativo, tecnológico, ambiental, electrificación rural y gasificación, agropecuario y turístico en las localidades correspondiente a la Ruta de la Libertad y en todo el departamento de Boyacá.

ARTÍCULO TERCERO. En la ejecución de los proyectos previstos en la presente Ley participarán la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional y los Ministerios de Transporte; Educación; Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; Cultura; Comunicaciones; Agricultura; Minas y Comercio, Industria y Turismo. Además, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda dispondrán lo correspondiente para incluir los compromisos en los presupuestos nacionales de las vigencias correspondientes al período 2010-2019, en los montos requeridos para la financiación de las mismas.

ARTÍCULO CUARTO. En el componente vial se adelantarán los siguientes proyectos:
• Construcción de la vía Sogamoso – Mongua – Pisba – Paya - Morcote – Nunchía. La inversión para el efecto será de $120 mil millones con el esquema de cofinanciación de 50% la Nación y 50% el Departamento.
• Terminación y pavimentación de la vía Belén- Socha- Sacama- La Salina.
• Terminación, bajo el esquema de cofinanciación 50% la Nación y 50% el Departamento, de los anillos viales: Pantano de Vargas – Firavitoba – Pesca- Iza - Tota - Aquitania, y Sogamoso - Vado Castro - Corrales – Floresta – Busbanzá.
• Construcción de la Vía Perimetral de Occidente en Tunja con una extensión de 8,5 kilómetros en calzada sencilla, para lo cual la Alcaldía aportará los predios y estudios y el Gobierno Nacional asignará $15 mil millones a partir de 2015.

ARTÍCULO QUINTO. En lo tecnológico, el Gobierno Nacional asignara, del 2010 al 2019, $3.000 millones anuales a través del Ministerio de Comunicaciones para el desarrollo de la estrategia de Boyacá Territorio Digital y Centros de Atención Virtual en la Ruta de la Libertad.

ARTÍCULO SEXTO. Con respecto al componente de electrificación rural y gasificación el Gobierno Nacional ejecutará los siguientes proyectos:
• Priorización de los proyectos de electrificación rural de los municipios de la Ruta de la Libertad que sean presentados por el operador de red ante los fondos de energización, administrados por el Ministerio de Minas y Energía.
• Ejecución de los proyectos de electrificación rural necesarios para alcanzar plena cobertura de energía en Boyacá en el 2019, de acuerdo con los compromisos de la Visión 2019.
• En cuanto a gasificación, el Gobierno Nacional promoverá la construcción de la red domiciliaria de gas de los municipios de Soracá, Siachoque, Chivatá y Toca a través de los respectivos fondos.

PARAGRAFO: Los proyectos de electrificación rural correspondientes a la Provincia de la Libertad serán priorizados en la vigencia del 2010.

ARTÍCULO SÉPTIMO. En cuanto a lo turístico, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, realizará los estudios correspondientes con el fin de concretar una estrategia turística para Boyacá. Igualmente, durante los siguientes nueve años el Gobierno Nacional realizará la señalización turística de acuerdo con un programa elaborado por el INVIAS; Ministerio de Comercio Industria y Turismo y Ministerio de Cultura, programa que contará con 30 mil millones para su ejecución.

ARTÍCULO OCTAVO. En cuanto al sector agropecuario, el Departamento Administrativo de Ciencia y Tecnología, antiguo Colciencias realizará un convenio con la UPTC para la creación del Centro Internacional para la producción agropecuaria de zonas altas, con aporte de la Nación de $1.500 millones de pesos anuales por 10 años.
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ARTÍCULO NOVENO. En cuanto a lo cultural y deportivo se ejecutará lo siguiente:

• Con base en lo establecido en el artículo primero de la presente norma y una vez realizado el inventario de bienes de interés cultural por parte del Ministerio de Cultura, conforme a los reglamentado en el decreto 763 de 2009, se intervendrán dichos bienes para lo cual los Gobiernos Nacional y Departamental aportarán $6.000 millones, en una proporción de 70% la Nación y 30% el departamento de Boyacá, durante los próximos 10 años.
• El Gobierno Nacional destinará los recursos necesarios para la adecuación del monumento nacional del Puente de Boyacá, de acuerdo con los estudios técnicos que defina el Ministerio de Cultura.
• El Gobierno Nacional priorizará la creación y dotación de bandas musicales en los municipios de la Ruta de la Libertad implementando modelos pedagógicos, al igual que la inclusión de niños y jóvenes a los procesos formativos del Plan Nacional de Bandas.
• El Gobierno Nacional respaldará ante el Comité Olímpico Colombiano la candidatura de Tunja como sede de los Juegos Bolivarianos en el marco del Bicentenario de la Independencia.

ARTÍCULO DÉCIMO. El Ministerio de Educación Nacional en coordinación con las administraciones territoriales dispondrá lo correspondiente para adecuar las instalaciones físicas y dotar de computadores y conectividad a las instituciones educativas de la Ruta de la Libertad. Para la oferta de educación superior, técnica y tecnológica, se priorizará el Centro de Atención Virtual de la provincia de la Libertad con sede en Labranzagrande.

ARTÍCULO UNDÉCIMO. En lo ambiental deberán contemplarse programas inmediatos de conservación de páramos, cuencas hidrográficas y reservas naturales. Para el efecto deberán adquirirse los terrenos respectivos ubicados en el parque natural de Pisba, según conceptos técnicos del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Corporinoquia.

ARTÍCULO DUODÉCIMO. Para adelantar las labores de promoción y seguimiento a la ejecución de la presente Ley se conformará una Junta integrada por: el Gobernador de Boyacá, quien la presidirá; un delegado del Presidente de la República; un Senador y un Representante a la Cámara; el rector de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia; un representante de las Cámaras de Comercio de la jurisdicción de la Ruta de la Libertad; un miembro de la Corporación Propósito Boyacá en representación de las organizaciones cívicas de la jurisdicción de la Ruta de la Libertad, quien actuará como Secretario Ejecutivo de la Junta y un representante de los alcaldes de la Ruta de la Ruta de la Libertad.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.


Tunja, 6 de agosto de 2009


Presentado por:


JORGE HERNANDO PEDRAZA
Senador de la República